Impuesto a las ganancias – Actualización del MNI – Abril 2011

Actualización del MNI

A través de la resolución 3073, se establecieron los nuevos montos para el impuesto a las ganancias.

Dicha resolución prevé un aumento en los mínimos no imponibles del 20%, lo que significa que el monto, a partir del cual un empleado paga el impuesto, pasó de $4.818 a $5.782 para solteros y de $6.662 a $7.998 para casados con dos hijos.

El aumento en los montos no imponibles es el siguiente:

Descripción Antes Después
MNI $ 10.800,00 $ 12.960,00
Deducción Especial $ 51.840,00 $ 62.208,00
Cónyuge $ 12.000,00 $ 14.400,00
Hijos $ 6.000,00 $ 7.200,00
Otras cargas $ 4.500,00 $ 5.400,00

Mayor descuento por servicio doméstico

Las personas que tengan declarado el pago al servicio doméstico en la declaración jurada F.572 también se ven beneficiadas, dado que dicho monto máximo a declarar aumentó de $10.800 anuales a $12.960.

Ajustes a los máximos de Jubilación, Obra Social e INSSJP

En el mes de Marzo de 2011 surgieron nuevos topes máximos del descuento posible por cargas sociales. Dichos montos máximos pasaron de $11.829,11 a $13.879.
Por lo tanto a una persona que cobra $13.879 de sueldo bruto, le descuentan $2359,43 en vez de los $2010,96 que le descontaban antes de dicho aumento.

Nueva versión de la planilla

Por último les dejo la nueva versión de la planilla con los cambios que arriba mencioné. Como siempre cualquier comentario o sugerencia que tengan para hacer será bienvenido.

ganacias_slemos_v2011_02.xls

Saludos!!

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68 respuestas a Impuesto a las ganancias – Actualización del MNI – Abril 2011

  1. fernando martín bartalotta dijo:

    Que tal! quisiera saber si me podrian enviar la planilla.
    Otro comentario que les hago es que yo cobro mi sueldo a comición el cual varia mes a mes. Estoy casado y con una hija que va a una escuela privada.
    Estoy en el gremio de camineros…
    Me podrás aconsejar…
    Desde ya muchas gracias y espero tu pronta respuesta…

  2. Gustavo dijo:

    Seba tu planilla me ha resultado muy util. Gracias. Una pregunta: como se carga alli el plus por vacaciones. Se podria cargar antigüedad y que lo calcule solo? Saludos

  3. Rodolfo Ariel Garat dijo:

    Hola, te comento que soy casado y tengo 2 hijos uno de los cuales es discapacitado. La pregunta es saber si existe alguna deduccion especial en el impuesto por hijo discapacitado. Desde ya muchas gracias por tu respuesta.

  4. jorge dijo:

    consulta, como puedo acceder a la planilla de cálculos. El link me deriva a un sitio inexistente. saludos.

  5. oscar dijo:

    PARA DEDUCIR GANACIAS, PUEDO INGRESAR MI ESPOSA COMO PERSONAL DOMESTICO DE 16 HS SEMANALES,QUE NO LLEGA AL MINIMO?
    GRACIAS.

  6. Hugo dijo:

    Como actualizo mi techo para el minimo imponible, porque ahoa tendria que anotar a mi hija y un credito hipotecario. Gracias

  7. Hola Sebastián. La verdad que excelente el trabajo con la planilla. Ahora, una consulta… Sirve también para 2012 o faltan actualizar algunos datos? Mil gracias!

  8. Marcelo dijo:

    Buen dia, me podrias decir si la planilla sirve para el 2012, o como contempla modificaciones durante el 2011 es distinta. Gracias

  9. Salvador dijo:

    Preciso consultarle lo siguiente: El Anses me acaba de efectuar el reajuste de mi haber jubilatorio y a partir de Enero comenzaré a percibir una suma que aún no se si excede el mínimo no imponible. Mi carga de familia es la siguiente: Esposa (jubilada), por la cual no cobro salario familiar(la interrumpió el Anses presumo por haber obtenido esa condición), y una hija discapacitada por la que percibo la asignación familiar pertinente: Me descuentan para el PAMI y para la obra social del gremio al que pertenecía. Cómo debo efectuar el cálculo, pues la planilla y conceptos a deducir se ajustan a un trabajador en actividad? Muchas gracias.-

  10. walter dijo:

    una consulta, en la planilla excel donde o como se agrega el pago por vacaciones anuales
    gracias

  11. Carlos ortiz dijo:

    Mira te hago una consulta yo no pago ganancias pero me pagaron un premio por desempeño en el mes de setiembre y he cobrado de bruto 22976 tengo esposa y dos hijos , de jubilación, pague este mes 1500, de obra social 347, de INSSJP 347, y pago un seguro de vida que me descuentan $355. me han descontado como retención a las ganancias $1450 y como ajuste retención a las ganacias $1450 eso en octubre, y con el pago de los haberes de noviembre me han descontado $896 y me dicen que queda otra cuota igual que me la van ha descontar con los haberes de diciembre. vos me podrias decir si esta bien o no que corresponde que me descuenten

  12. Jose Maria dijo:

    Hola Seba, como debo calcular la retencion siendo jubilado ya que las deducciones son diferentes?
    Gracias por rsponder

  13. Mac dijo:

    Estimado: he estado utilizando tu ultima version de planilla: ganacias_slemos_v2011_02.xls
    Una vez completado los campos me indica que no debo pagar impuestos a las ganancias, pero todos los meses me descuentan estaran equivocados. Si hay posibilidad te la envio para que la veas. Realmente me seria muy util si pudiera saber que monto pagaria cada mes y hacer mis previsiones, actualmente estpy pagando casi $300.-
    Gracias.

  14. Miguel Angel Lorenzani dijo:

    Te agradezco por tu dedicación en este tema,tan confuso para algunos que no estamos en contaduría.Trabajo en una empresa bastante grande,y siempre fueron evasivas las respuestas ante mis inquietudes al respecto,me fue de gran utilidad gracias!!!

  15. Gabriel dijo:

    Buen día Seba, tendrás la planilla actualizada con los nuevos montos brutos máximos para los descuento de jubilación, obra social y INSSJP ?, creo que cambió en septiembre.
    Muchas gracias por tu ayuda.

  16. Paola dijo:

    Excelente aporte, Muchas Gracias!!

  17. Matias dijo:

    Hola! Excelente tu planilla, ahora tengo un par de consultas. Si mi esposa no trabaja, la debo poner como personas a cargo? Que pasa si comparo la planilla con mi recibo de sueldos y noto que la empresa me descuenta de mas?
    saludos!

  18. Fabiana dijo:

    Hola Sebastian, queria preguntarte , teniendo dos hijos uno con discapacidad corresponde el impuesto a las ganancias igual? desde ya gracias.

  19. Federico dijo:

    Hola Sebastián. Muchas gracias por tu planilla, es muy clara y útil. Quería hacerte una consulta conceptual ya que no supe encontrar la respuesta. Como tengo que hacer para poder realizar la deducción por estar casado?, especificamente si mi mujer trabaja, puedo aplicar la deducción o no es posible en ese caso? Desde ya muchas gracias.

    • Bernardo dijo:

      Hola! la esposa (o conyuge) se puede deducir siempre y cuando no supere el monto minimo ( es minimo, no me acuerdo ahora cual es), asique en principio si trabaja, no deberías deducirla. Lo mismo ocurre con las personas a cargo.

  20. martin dijo:

    Hola Sebastían, muy buena la planilla, te agradezco por tu esfuerzo en armarla y por hacerla publica.

    ahora, tengo 2 preguntas:
    1) en qué columna puedo poner la cuota sindical, que tengo entendido que la desgravo completamente por ser obligatoria
    2) esta bien el tema del aguinaldo? creo que si no tenes alguno de los períodos completos, tipo, entre en abril no te hace bien el calculo.

    saludos,
    martin

  21. Cecilia dijo:

    Gracias por tu valioso aporte; la planilla es muy clara.

  22. Gaston Allende dijo:

    La nueva resolucion nº448/2011 del Anses, fija en $16213,72 , rige a a
    partir de los haberes del mes de setiembre de 2011.

    • Bernardo dijo:

      Hola, esta resolución que nombras no tiene nada que ver con la Afip. No se refiere a las retenciones de Ganancias. Por lo menos es lo que vi después de leerla. Saludos

  23. maxi dijo:

    Hola Seba te consulto sobre el impuesto,las sumas no remunerativas cuentan para el calculo del impuesto,ya que usando tu planilla sin la suma no remunerativa no superaria el monto anual para pagar el impuesto,y si lo sumo si me paso.Mi empresa me hace las retenciones sobre el sueldo bruto sin lo no remunerativo,asi que estoy confundido con todod esto jajaja y como funciona todo ya que es la primera vez que tengo un trabajo donde tengo que lidiar con este impuesto.
    Gracias

  24. norma dijo:

    Hola Sebastian, hoy me comentaron que debido al aumento de Sanidad y que tengo 33 años de antiguedad en la misma empresa tengo que hacer declaracion jurada para retencion de ganancias, mis dudas son las siguientes: mi esposo es monotributista “C”, tenemos un hijo de 21 años, estudiando en una facultad privada (se puede deducir la cuota?), pago la diferencia de la cobertura de la O.Social Privada, tambien se puede deducir?, desde ya muchas gracias por leer este mensaje y contestarme.
    Norma

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