Nuevos montos
Como muchos de ustedes ya sabrán salió el pasado 12 de Julio de 2010 el aumento a los pisos a partir de los cuales pagamos impuesto a las ganancias.
En las resoluciones generales 2866 y 2867 quedó reglamentada dicha suba, la misma se resumen en el siguiente cuadro:
| Concepto | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| MNI | $ 9.000,00 | $ 10.800,00 |
| Deduccion Especial (DE) | $ 43.200,00 | $ 51.840,00 |
| Conyuge | $ 10.000,00 | $ 12.000,00 |
| Hijos | $ 5.000,00 | $ 6.000,00 |
| Otras Cargas | $ 3.750,00 | $ 4.500,00 |
Nueva versión de la planilla
Bueno como ya saben les dejo aca una nueva version de la planilla:
ganacias_slemos_v2010_03 (Planilla de cálculo del impuesto a las ganancias - Version: 2010_03)
Saludos!!
En la planilla que publicas , figura el seguro de retiro como vigente para desgravaciones , pero tengo entendido que no corre más desde Diciembre del 2008 , ya que a mí en la empresa me lo patearon como desgravación.
Consulta aparte, he leido en una página de infobae que se puede desgravar si uno invierte en una SGR (sociedad de garantía recíproca). Nadie me supo nunca decir si un contribuyente de 4ta. categoría , puede desgravar. Agradeceré tu contestación
Hola una consulta, para una empleada domestica como la descuento de ganancias personas fisica?, en el supuesto que yo le pague 400 al mes, ese es el monto que tengo que poner en la planilla que ustedes publican?, gracias
hola sebastian, como la lleno si empece a trabajar en abril, las deducciones se corren??? me parece que tendria que empezar desde abril y no enero, me lo `podras aclarar? gracias
Gracias por la planilla!
Sebastián,
Repito lo que dicen todos, pero me parece que corresponde.
Mi mas sincero agradecimiento por el aporte que haces a la clarificacion de un tema importantísimo.
Calculo mi cashflow anual con tu planilla y sale redondo.
Mil gracias.
consulta!!
Sebas… por las retenciones que tuve en el período Enero/2010 – Junio/2010 …. me retuvieron 1600 $ aproximadamente.
En el mes de julio presenté una rectificación del formulario F572, retroactiva a Enero/2010 con la cual en el periodo antes mencionado deberían haberme retenido Sólo 800$.
En la empresa donde trabajo me dicen que estos $800 de diferencia por la presentación del F572 no me los pueden devolver, que se descontarán de futuras retenciones o se devolverán el 2011.
Es esto así?? ya que la diferencia no se trata por el aumentod el MNI sino por presentar deducciones nuevas para ganancias…. por el período ya cobrado.
Muchas gracias
Saludos
En caso de recibir sumnas no renumerativas en que columna se pone??
Saludos,
Gracias Sr. SEBASTIAN LEMOS SATUE!!!!, por su explicacion sobre Impuesto a las Ganancias; Soy Jubilado; no me alcanza el mango porque tengo a cargo 3 hijos universitarios, aun estudiando y sin trabajo; me cueta un Perú la manuntención y estoy Pagando $ 235 x mes de Ganancias???; es una broma y no para videomach; porque las Tarjetas están en morado!!; no en rojo; MORADO oscuréciendose cada día más ; todo sea por mis bellos hijos. QUE DIOS LO BENDIGA!!!! y EXITOS a Ud. y su Familia!!!
Muchas Gracias Sebastián. Me stá haciendo las cosas más sencillas.
Muchas gracias Sebas, impecable lo suyo.